Registro ROMA

El ROMA es obligatorio para tractores, cosechadoras y equipos fitosanitarios

Toda máquina agrícola nueva, usada importada o que cambie de titular debe inscribirse en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de su comunidad autónoma. Te explicamos qué máquinas, qué documentos y cómo hacer cada trámite.

Guia: article Lectura: 13 min Actualizado: 2026-06-27

¿Qué es el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA)?

El Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) es el censo administrativo donde deben inscribirse todas las máquinas destinadas a la actividad agraria en España. Su función es conocer el parque nacional de maquinaria, controlar que los equipos cumplen la normativa de seguridad y verificar los requisitos para acceder a subvenciones oficiales como el Plan Renove.

El ROMA está regulado por el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola (BOE nº 117, de 27 de abril de 2020), que derogó la normativa anterior y unificó los criterios de inscripción en todo el territorio nacional. Cada comunidad autónoma gestiona su propio registro provincial, pero los requisitos mínimos son comunes.

La inscripción en el ROMA es obligatoria y debe realizarla el titular de la máquina. No hacerlo puede impedir acceder a ayudas, transferir la máquina, contratar seguros o justificar la actividad ante inspecciones.

Máquinas con inscripción obligatoria en el ROMA

Tipo de máquina ¿Obligatorio? Notas importantes
Tractores agrícolas y forestales Todas las categorías y potencias. Deben tener estructura de protección homologada (cabina) para poder transferirse
Motocultores y tractocarros Independientemente de su peso o potencia
Máquinas automotrices Cosechadoras, vendimiadoras, tractores y cualquier máquina con motor propio
Remolques agrícolas Todos los remolques destinados a uso agrario
Máquinas remolcadas de más de 750 kg Incluye sembradoras, abonadoras, equipos de tratamiento
Cisternas para purín y líquidos Con o sin sistemas de aplicación localizada
Equipos de tratamientos fitosanitarios Remolcados, suspendidos o de arrastre manual con depósito >100 litros
Equipos de distribución de fertilizantes Remolcados o suspendidos, cualquier capacidad
Maquinaria subvencionada con ayuda oficial Aunque no esté en las categorías anteriores, si recibe subvención debe inscribirse
Máquinas para obras y servicios No No se inscriben en ROMA aunque sean similares. Van al registro correspondiente de la DGT u otros
Máquinas estacionarias o portátiles manuales No Equipos de taller, compresores fijos, herramientas manuales motorizadas

La clasificación de la máquina como agrícola debe constar en la ficha técnica ITV (casilla C.L.) y empezar por los códigos 50-51-52-53-54-55-56 según el RD 2822/1998.

¿Quién puede ser titular de una máquina inscrita en el ROMA?

Pueden inscribir maquinaria en el ROMA las personas físicas o jurídicas que cumplan alguno de estos perfiles: titulares de una explotación agraria inscritos en el REGEPA (Registro General de la Producción Agrícola), REGA (Registro General de Explotaciones Ganaderas) o registros autonómicos equivalentes; empresas de prestación de servicios agrarios dadas de alta en el IAE; cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación y otras agrupaciones agrarias; y organismos oficiales o centros de formación agraria.

Para acreditar la actividad agraria, las personas físicas deben estar inscritas en los registros correspondientes. Las personas jurídicas deben aportar la escritura de constitución donde conste el objeto social agrario. Las empresas de servicios agrarios deben presentar el alta en el IAE en el epígrafe 911.

Cómo inscribir una máquina en el ROMA paso a paso

Documentación necesaria para la inscripción

  • DNI o NIF del titular o arrendatario de la máquina
  • Tarjeta ITV de la máquina (o certificado de características técnicas del fabricante para máquinas exentas de ITV)
  • Factura de compra original con marca, modelo y número de bastidor
  • Declaración CE de conformidad (para todas las máquinas excepto tractores)
  • Certificado de características técnicas según modelo del Anexo III, IV o V del RD 448/2020
  • Para tractores: certificado de estructura de protección homologada (cabina)
  • Acreditación de actividad agraria: certificado REGEPA, REGA o registro autonómico
  • Para empresas de servicios: alta en IAE epígrafe 911
  • Para sociedades: escritura de constitución y estatutos con objeto social agrario
  • Autorización para comprobación de oficio de la baja en caso de transferencia

Transferencia de titularidad en el ROMA

Cuando se compra o vende una máquina agrícola usada, es obligatorio cambiar la titularidad en el ROMA. El comprador debe presentar la solicitud de transferencia en el registro provincial correspondiente, aportando el contrato de compraventa o factura, la autorización del vendedor para dar de baja la máquina a su nombre, y la documentación del nuevo titular (DNI, acreditación de actividad agraria).

Si el comprador y el vendedor están en la misma provincia, el trámite suele ser más rápido. Si la máquina cambia de provincia, puede ser necesario un certificado de baja del registro de origen y una nueva inscripción en el de destino.

Importante: los tractores con 40 años o más que NO dispongan de estructura de protección homologada (cabina) no pueden cambiar de titularidad, excepto en caso de herencia. Esta limitación está establecida en el artículo 7 del RD 448/2020.

Baja en el ROMA

La baja en el ROMA puede ser temporal o definitiva. La baja definitiva se produce cuando la máquina se achatarra, se exporta fuera de la UE, o se destruye. Para tramitarla, el titular debe presentar el certificado de destrucción emitido por un centro autorizado de tratamiento (CAT) o el justificante de exportación.

La baja temporal permite que una máquina que no se va a utilizar durante un periodo prolongado pueda darse de baja y, posteriormente, volver a inscribirse sin necesidad de presentar toda la documentación inicial. Es útil para máquinas que se almacenan o se retiran temporalmente de la actividad.

Si una máquina se vende y no se formaliza la baja a nombre del vendedor, este sigue siendo responsable administrativo de la máquina. Por eso es importante incluir la autorización de baja en el contrato de compraventa.

Sin inscripción en el ROMA no puedes acceder al Plan Renove ni a otras ayudas

El Plan Renove de maquinaria agrícola exige que la máquina nueva esté inscrita en el ROMA antes de solicitar la subvención. Además, la máquina a achatarrar debe estar inscrita a nombre del solicitante. Mantener el ROMA al día es un requisito previo para cualquier ayuda oficial.

Trámites del ROMA por comunidad autónoma

Comunidad Autónoma Trámite telemático Enlace oficial
Andalucía SIGFEX. Acceso con certificado digital juntadeandalucia.es > Agricultura > ROMA
Aragón Sede electrónica. Acceso con certificado digital aragon.es > ROMA inscripción y transferencia
Castilla y León Sede electrónica. Modelos A y B tramitacastillayleon.jcyl.es > ROMA
Castilla-La Mancha Sede electrónica con firma digital jccm.es > ROMA alta/baja/duplicados
Cataluña Trámite Gencat con idCAT o certificado digital web.gencat.cat > DARP > ROMA
Comunidad Valenciana Sede electrónica GVA gva.es > ROMA inscripción
Murcia Sede electrónica CARM. Procedimiento 634 sede.carm.es > ROMA registro
Otras CCAA Consultar la Consejería de Agricultura correspondiente Cada comunidad publica su procedimiento en su sede electrónica

Los requisitos documentales mínimos son comunes (RD 448/2020), pero cada CCAA puede exigir documentación complementaria o tener procedimientos adicionales.

Consulta de máquinas inscritas en el ROMA

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) pone a disposición de los interesados un servicio de consulta de maquinaria inscrita en el ROMA. Introduciendo el NIF del titular, se puede comprobar qué máquinas están registradas a su nombre. Esta consulta es útil antes de comprar una máquina usada para verificar que el vendedor es realmente el titular.

El acceso a la consulta está disponible en la página de maquinaria agrícola del MAPA: mapa.gob.es > Agricultura > Medios de producción > Maquinaria agrícola. No requiere certificado digital para consultas básicas.

Preguntas frecuentes sobre el ROMA

¿Todas las máquinas agrícolas necesitan estar inscritas en el ROMA?

No. Las máquinas para obras y servicios, equipos estacionarios, herramientas portátiles manuales y maquinaria de la industria agroalimentaria no se inscriben en el ROMA. La inscripción obligatoria aplica a tractores, automotrices, remolques, equipos fitosanitarios, fertilizantes y maquinaria subvencionada.

¿Puedo inscribir un tractor antiguo sin cabina?

Si el tractor tiene 40 años o más y no dispone de estructura de protección homologada (cabina), no podrá cambiar de titularidad (excepto por herencia). La inscripción inicial de un tractor nuevo sin cabina no es posible. Consulta el artículo 7 del RD 448/2020.

¿Cuánto cuesta inscribir una máquina en el ROMA?

El coste varía según la comunidad autónoma. Algunas CCAA no cobran tasas por la inscripción, mientras que otras aplican una tasa administrativa que puede oscilar entre 10 y 50 euros. Consulta la sede electrónica de tu comunidad para conocer el importe exacto.

¿Qué hago si pierdo la cartilla de inscripción ROMA?

Puedes solicitar un duplicado en el registro provincial donde está inscrita la máquina. El procedimiento varía según la CCAA, pero generalmente requiere una solicitud y, en algunos casos, el pago de una tasa.

¿Cuánto tarda el trámite de inscripción?

El plazo varía según la comunidad autónoma y la carga de trabajo del registro. Puede ir desde unos días hasta 3 meses. En periodos de alta demanda (como la apertura del Plan Renove), los plazos suelen alargarse.

¿Necesito el ROMA para contratar un seguro de maquinaria agrícola?

No es obligatorio para contratar un seguro, pero muchas aseguradoras piden el número de inscripción en el ROMA como parte de la documentación del equipo. Además, si la máquina está financiada o subvencionada, el seguro suele ser un requisito.

¿Puedo vender una máquina sin estar inscrita en el ROMA?

Si la máquina es de las que requieren inscripción obligatoria, no debería estar en circulación sin estar registrada. El comprador puede tener problemas para cambiar la titularidad, acceder a subvenciones o justificar la posesión. Regulariza la situación antes de vender.

¿Cómo sé a qué registro provincial debo acudir?

Debes acudir al ROMA de la provincia donde radique la parte principal de tu explotación agraria. Si eres empresa de servicios, donde tengas el domicilio social. Cada Consejería de Agricultura autonómica publica las direcciones de sus registros provinciales.

Verifica siempre el procedimiento exacto en tu comunidad autónoma

Elena Pastor

Editora tecnica

Elena Pastor

Editora técnica de maquinaria y compra profesional

Firma guías prácticas sobre alquiler compra segunda mano y mantenimiento básico de maquinaria para empresas profesionales y compradores que necesitan decidir con criterio.

Credenciales: Especializada en comparativa de equipos costes de uso y filtros de compra segura.

Experiencia: Años revisando fichas técnicas opciones de alquiler transporte y riesgos frecuentes en maquinaria profesional.

Actualizado: 2026-06-27 Politica editorial Correcciones

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